instalaciones Padel People- Sentencia TribunalEl Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 16 de Madrid acordó el 16 de julio que se cumpliera lo dispuesto por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en su sentencia del pasado 21 de mayo, que convino “la suspensión de la actividad” desarrollada en el complejo de Pádel People de Torrelodones, “hasta tanto no se acredite mediante las mediciones acústicas pertinentes” que la actividad que se está desarrollando “resulta ser conforme con los valores límites de inmisión de ruido, contenidos en el RD 1367/2007”.

Asimismo, de acuerdo con la sentencia, el Ayuntamiento de Torrelodones, tiene un plazo de diez días (desde el acuse de recibo) para “el inmediato cumplimiento”.

El TSJM en su sentencia del 21 de mayo revocó el auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo (http://lavozdetorreyhoyo.es/el-7-tsjm-4-acuerda-la-3-suspension-de-la-actividad-del-complejo-de-padel-people-torrelodones/), y aclaró que “no consta que la adopción de las medidas correctoras impuestas por el Ayuntamiento, en el supuesto de que hubiesen sido ejecutadas en su totalidad (los informes presentados por el Ayuntamiento constatan que faltan, en determinadas zonas, la colocación de las pantallas acústicas requeridas), hayan sido eficaces a efectos de evitar o corregir el incumplimiento acústico constatado”.

Posteriormente, el 18 de junio mediante una Resolución de Alcaldía, firmada por la alcaldesa y el secretario municipal, se notificó que el Ayuntamiento acataba “el cumplimiento de la sentencia”, pero que las instalaciones “continuarán abiertas”, ya que todas las determinaciones establecidas en la sentencia 469 de 21 de mayo de 2014 sobre las condiciones de la instalación han sido cumplidas (http://lavozdetorreyhoyo.es/el-8-ayuntamiento-7-acata-3-la-sentencia-pero-el-padel-seguira-su-actividad/).

En nota de prensa del Ayuntamiento se asegura que “las instalaciones municipales del Padel People, explotadas en régimen de concesión, disponen de todas las licencias necesarias para su funcionamiento”.

La sentencia da la razón a uno de los vecinos de la zona donde se ubican las instalaciones del complejo de pádel, quien presentó primeramente la solicitud de “suspensión cautelar de la actividad”, que fue desestimada en octubre de 2013, y posteriormente recurrió y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid le dio la razón.

El 4 de abril de 2013 la alcaldesa de Torrelodones, Elena Biurrun, inauguró oficialmente las instalaciones. Pero, y según consta en la Resolución, no fue hasta el 26 de diciembre del pasado año cuando obtuvo la licencia de funcionamiento, ocho meses después.

Tras el comienzo de su actividad y ante las quejas por el ruido de los vecinos de la zona, el Ayuntamiento, con fecha 8 de agosto de 2013, impuso a la empresa la adopción de medidas correctoras, consistentes en la colocación de pantallas acústicas. Posteriormente, el Ayuntamiento pidió un informe al Laboratorio de Acústica y Vibraciones de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura.

Según algunas fuentes, los vecinos pretenden que se aplique la normativa sobre ruido, pero con el coeficiente delimitado para zona residencial.

El Juzgado concede un plazo de cinco días para interponer un recurso de reposición.