El Ayuntamiento indica que las alegaciones de la oposición han impedido que la rebaja del IBI en Galapagar entre en 2022
En el pleno extraordinario y urgente celebrado el pasado 10 de noviembre de 2021, se aprobaron una serie de modificaciones fiscales que finalmente no entrarán en vigor inmediatamente. Esto es así, por la presentación de reclamaciones que deberán de ser solventadas en el próximo pleno, según indican desde el Ayuntamiento de Galapagar.
La concejala de Economía y Hacienda, Pilar García, ha lamentado en un comunicado que las modificaciones tengan que posponerse hasta la resolución de alegaciones presentadas. Las modificaciones suponían bonificaciones fiscales y rebajas de los tipos impositivos en varios gravámenes.
Este hecho tiene especial relevancia en el caso de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles- IBI-, que no podrá entrar en vigor hasta el 1 de enero de 2023.
En el caso del IBI, el Pleno en Galapagar aprobó que el tipo impositivo se redujese al 0,55%.
También se contemplaba una bonificación de la cuota íntegra del impuesto para familias numerosas en distintos tramos.
A finales de octubre, el ingreso de las plusvalías municipales se vio afectado por una sentencia del Tribunal Constitucional.
El Ayuntamiento de Galapagar está sometido a un plan de ajuste desde el año 2012. Por este hecho, cualquier rebaja fiscal debía garantizar la sostenibilidad financiera y la estabilidad de los presupuestos municipales. Además, tenía que contar con la garantía de que era posible equilibrar las cuentas públicas a pesar de la supuesta desaparición de un ingreso (plusvalías) que representa aproximadamente el 8% de la recaudación municipal.
Publicación en el BOCM
“Por ello, se retrasó la celebración del pleno donde se abordaron las modificaciones fiscales hasta llevar al límite los plazos legalmente establecidos para la entrada en vigor de la ordenanza del IBI” en Galapagar. Este debía de estar publicado íntegramente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) antes del pasado 1 de enero. Y esto solo hubiera sido posible en el caso de la no presentación de alegaciones. Desde la Concejalía se confiaba en que no habría reclamaciones, “puesto que las medidas adoptadas suponían una bajada de impuestos”.
La modificación de la Ordenanza del IBI en Galapagar iba a suponer en la práctica no solo una rebaja del tipo impositivo. Además, iba a recoger por primera vez ventajas fiscales a la instalación de sistemas de aprovechamiento de energías renovables. Algo que, recuerdan desde el Ayuntamiento, “nunca antes se habían aplicado en Galapagar, a pesar de que podían ser bonificados desde hacía décadas según la ley”. Lamentablemente, habrá que esperar un año más para que se incluyan en la legislación fiscal.
Sin embargo, si finalmente es ratificado el texto que se aprobó, la compensación a la instalación de estos sistemas de aprovechamiento energético tendrá efectos retroactivos.
Así, habrá una bonificación del 50% en la cuota íntegra del IBI a las viviendas que instalen sistemas para el aprovechamiento térmico o proveniente del sol u otra energía certificada como renovable.
La bonificación tendrá una duración de cinco periodos impositivos, que podrá prorrogarse por dos periodos adicionales en el caso de instalaciones fotovoltaicas.

