Tras la noticia publicada en nuestra página web (www.lavozdetorreyhoyo.es) y en la edición impresa del pasado mes de agosto, en la que nos hicimos eco de una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo nº 16 de Madrid, que ordenaba que se cumpliera lo dispuesto por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con relación a la actividad que se desarrolla en el complejo de pádel de Torrelodones, la propiedad remitió a la directora, Carmen Roldán, un burofax, donde instaba a LA VOZ a “corregir” las informaciones pues –según ellos- “no se ajustan a la realidad, contienen información no veraz”. De no hacerlo, según el burofax, la propiedad se vería “en la necesidad y obligación” de presentar una “demanda judicial muy seria por todos los daños y perjuicios que nos están causando”.

Las informaciones publicadas por LA VOZ se refieren única y exclusivamente a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que el 21 de mayo convino “la suspensión de la actividad (de pádel) hasta tanto no se acredite mediante las mediciones acústicas pertinentes que la actividad que se está desarrollando resulta ser conforme con los valores límites de inmisión de ruido…”. Solo reprodujimos una sentencia, que además, es pública.

El artículo sobre dicha sentencia, que daba la razón a uno de los vecinos de la calle Ricardo León de Torrelodones, donde se ubican las instalaciones, motivó el burofax con amenaza de “demanda judicial”.

Lo que dice la propiedad

Pero como en este medio caben todas las opiniones, seguidamente reproducimos textualmente (incluida ortografía y sintaxis) la de la empresa (el entrecomillado), enviada a través del citado burofax. Relata que tras su inauguración y dado que “al parecer algunos vecinos de la zona de la instalación se veían afectados por el ruido generado por la propia actividad, el ayuntamiento solicitó un informe acústico de niveles de ruido con fecha Junio de 2013”.

“Dicho informe –prosigue el burofax- era bastante favorable, pero había dos puntos concretos que se sobrepasaba por escaso margen y en momentos muy puntuales, el nivel de ruido aceptable por el Real Decreto 1367/2007 de 19 de Octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003 de 17 de Noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, con lo cual y por el bien de una buena y duradera relación con todos los vecinos de Torrelodones, se decidió y así nos lo notificó el Ayuntamiento el 8 de agosto de 2013, la subsanación de tal deficiencia y las medidas correctoras necesarias para corregir dicho problema.

Esta actuación se realizó inmediatamente, la cual consistía en la colocación de unas barreras acústicas de unas medidas y dimensiones concretas, las cuales se colocaron no sólo siguiendo esas indicaciones, sino que incluso se realizó una barrera acústica superior, para que el nivel de protección frente al ruido fuera superior.

Posteriormente a dicha colocación y fin de su ejecución, la misma empresa especialista que realizó el primer estudio de ruido, realizó un nuevo estudio, medidas de ruido e informe pertinente. Dicho informe sale 100% favorable y sin ningún punto que sobrepase la normativa.

Con lo cual, el ayuntamiento después de verificar y comprobar todos estos datos nos da la licencia de actividad correspondiente.

Con todo ello se da por cerrado todo un proceso de inicio de actividad, cumpliendo con todas las exigencias no solo acústicas, si no también urbanísticas, de seguridad, sanidad, medioambiente, etc., cumpliendo con todas ellas al 100%, con lo cual dicha instalación está totalmente al día de todos los permisos y licencias que son necesarios para el buen desarrollo de su actividad y disfrute de todos los vecinos de Torrelodones y municipios colindantes entre otros”.