La concejalía de Servicios Sociales de Las Rozas ofrece el cheque bebé: una ayuda de 1.000 euros destinada a los bebés nacidos o adoptados en 2026.
En aquellos casos en los que el nacimiento o adopción se hubiera producido entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de publicación de la convocatoria, el plazo de presentación de la solicitud será de 20 días hábiles desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
En cuanto a los menores nacidos a partir de la publicación de la convocatoria, tendrán un plazo de 20 días hábiles para realizar la solicitud desde el nacimiento o adopción del menor. Podrá acceder a esta ayuda cualquier persona española o extranjera con residencia legal en España; padres o tutor legal del recién nacido o adoptado.
Requisitos para el cheque bebé de Las Rozas
Para optar al cheque bebé de Las Rozas al menos uno de los progenitores o adoptantes deberá estar empadronado el municipio un año, de forma ininterrumpida anterior a la fecha de nacimiento del menor y hasta la fecha de solicitud de registro de la ayuda de nacimiento. Además, los neonatos y adoptados deberán estar empadronados con el progenitor o adoptante que solicita la ayuda en la fecha de registro de la solicitud.
En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad de los menores; o cuya tutela haya sido asumida por una Institución Pública. El solicitante debe hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Las Rozas.
La documentación
Las solicitudes para optar al cheque bebé de Las Rozas deberán ir acompañadas de la siguiente documentación. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjero (NIE) del solicitante beneficiario (solo en caso de no autorizar consulta), volante de empadronamiento (solo en caso de no autorizar consulta).
Además, será obligatoria acompañar la solicitud con una serie de documentos. Libro de Familia del solicitante/beneficiario o documento oficial acreditativo del nacimiento o adopción; y el certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta. En caso de adopción de menores se necesita una fotocopia cotejada de la resolución de la adopción.
Las solicitudes se dirigirán a la concejalía de Familia y Servicios Sociales. Se podrán presentar de telemáticamente, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Las Rozas; así como a través del Registro Electrónico General Formulario para realizar búsquedas de registros electrónicos (redsara.es).
De manera presencial, en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Las Rozas; ubicadas en la Casa Consistorial, en el polideportivo Dehesa de Navalcarbón y en el Centro Cívico de Las Matas.
Para más información, los vecinos pueden recurrir al teléfono 010 de Atención al Ciudadano o al correo electrónico: ayudasnacimiento@lasrozas.es

