El Juzgado contencioso administrativo nº 25 de Madrid ha dictado un auto a favor de la comunidad de propietarios del Zoco Gran Torrelodones, en el recurso contencioso-administrativo que presentó la entidad contra la resolución de la Concejalía de Urbanismo y Medio Ambiente el 6 de abril de 2017. En ella se denegó a la comunidad de propietarios la solicitud de licencia municipal de obras para instalar una barrera de control de acceso al aparcamiento del centro comercial, en el camino de Valladolid, 33.
El rifirrafe con el concejal
Los hechos ocurrieron en abril de 2017 cuando el centro comercial instaló una valla ante la invasión de vehículos que estacionaban en el aparcamiento del centro, una vez que hubiese pedido licencia al Ayuntamiento un año antes, sin obtener ninguna respuesta.
En su lugar, el concejal de Urbanismo y marido de la alcaldesa, se personó en el lugar, acompañado por la policía local y el aparejador municipal “en un intento de resolver el tema de la manera más conveniente tanto para la propiedad como para los vecinos que aparcan habitualmente sus vehículo en este espacio” , según citaron fuentes municipales.
El concejal argumentó que el aparcamiento, “aun siendo privado, es de uso público y, por lo tanto, no puede proceder a cerrarse”.
La presidenta, por su parte, le informó al concejal de que había solicitado la autorización hacía más de un año y que transcurrido ese tiempo consideraba la licencia concedida por silencio administrativo positivo. También argumentó que no se trataba de cerrar el aparcamiento, sino de controlar y regular el acceso, y le recordó que el aparcamiento era propiedad privada y como tal tenía derecho a ser regulado de forma particular. Para el concejal, el silencio administrativo “era negativo”.
Coacción
La presidenta denunció en su día “coacción y amenazas del concejal de Urbanismo”. Según el Ayuntamiento y citó para ello los informes del técnico municipal y de la policía local, “la actitud del concejal Santiago Fernández, fue en todo momento respetuosa, conciliadora y con el sincero ánimo de resolver de forma cordial la situación”.
En su día, Confluencia Ciudadana criticó el informe del técnico municipal: ¿Precisa el señor Fernández de un informe que indique que se ha portado bien? Aunque, a pesar de ese informe de buena conducta, al concejal le queda todavía mucho que aprender en lo que a buenas maneras se refiere”. “No está bien presentarse en un negocio en horario comercial y en presencia de clientes para tratar estos asuntos. Y es allí mismo donde el señor Fernández informa a la propietaria del comercio y presidenta de la Asociación que su intención es no darle respuesta a la licencia solicitada”, señaló Confluencia Ciudadana.
El recurso
Ahora, la sentencia a la que ha tenido acceso LA VOZ DE LA A6 estima que “la denegación de la licencia se basa en un informe técnico que padece muchas incongruencias e inexactitudes…” y “contradice lo acordado en la concesión de licencia de construcción del Zoco de 28 de diciembre de 1984 y es contraria a lo que ocurre en otros centros comerciales”.
En opinión del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, “la barrera de control de acceso a un aparcamiento en suelo privado y de uso para los locales del Zoco debe concederse porque no hay otra forma de controlar que quien accede al aparcamiento pueda no tener relación alguna con los locales del Zoco”.
“Se trata de un espacio privado y las plazas son de uso de los locales del Zoco y no de uso público”.
Costas
El Juzgado condena al Ayuntamiento al pago de las costas y estima el derecho de la recurrente a obtener la licencia solicitada consistente en la autorización para regular el uso de las plazas de aparcamiento pertenecientes al centro comercial.
“Santiago, a tope”
Confluencia Ciudadana en una nota de prensa, titulada “Santiago, a tope”, recordaba que el “afán” del concejal por ensanchar las aceras y la destrucción de más de 200 plazas de aparcamiento le había llevado “a tomarse la justicia por su mano”. “Pretende denunciar a una vecina, representante de un grupo de comerciantes, por tratar de regular un aparcamiento privado”.
Desde Confluencia destacaron que “trescientos días después de que se presentara la petición, el concejal responsable del ramo no solo se digna a contestar sino que difunde a los cuatro vientos un informe confeccionado a lo que parece deprisa y corriendo y en el que se le viene a decir a la peticionaria que si quiere saber si puede cerrar o no el aparcamiento… se vaya a los tribunales”.
Dos años después, los tribunales le han dado la razón a la comunidad de propietarios del Zoco y el silencio administrativo debería haber sido “positivo”.