Por motivos de la crisis actual, se están dando casos de vender inmuebles por debajo del precio de compra, generando una minusvalía del precio de compra con respecto al precio de venta, por tanto, según la interpretación del artículo 104 de la LHL solo debería de existir la obligación tributaria cuando existe un incremento de valor y se ponga de manifiesto con la venta del inmueble.
Actualmente se están produciendo transacciones inmobiliarias donde el vendedor está obligado a vender por debajo del precio de compra, debido a las circunstancias del mercado inmobiliario, obteniendo una pérdida con la venta del inmueble y siendo obligado por su Ayuntamiento a pagar por una plusvalía que ha sido inexistente.
Este ha sido el motivo por el cual un contribuyente de Torrelodones se ha visto obligado a recurrir ante el Ayuntamiento, primero en fase administrativa y ahora ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, esperando que la justicia le dé la razón y reconozca, por sentido común, que cuando se vende un inmueble con pérdidas no debería de estar obligado a pagar por una plusvalía inexistente, ya que estaríamos en contra de los principios del sistema tributario.
Al igual parece ser que se está procediendo a calcular la cuota del impuesto de forma incorrecta, partiendo de valores catastrales que están en muchos casos por las nubes e interpretando la fórmula de cálculo de tal manera que se están calculando la plusvalía generada en años futuros en vez de en años pasados, es decir, los años en que ha tenido la titularidad el contribuyente, generando igualmente una situación desfavorable para un ciudadano indefenso.
La Asociación de Afectados por la Plusvalía Municipal (Afeplus) http://www.afeplus.es/, fundada por Carlos Rivero, se dedica a prestar asesoramiento en el ámbito nacional a todos aquellos ciudadanos que quieran reclamar ante su Ayuntamiento el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido popularmente como la plusvalía municipal.
Carlos Rivero anima a todos aquellos ciudadanos que quieran reclamar que contacten con la asociación, ya que se puede estudiar la posibilidad de solicitar la devolución de las plusvalías municipales pagadas hasta cuatro años atrás y, si es viable, solicitar la devolución de ingresos indebidos, según viene reflejado en la Ley General Tributaria.
Por ello, desde Afeplus se anima a todas aquellas personas que estén interesadas, que sepan que tienen derecho a reclamar las plusvalías municipales pagadas hasta cuatro años atrás y que si necesitan asesoramiento, no duden en contactar en el siguiente email infoafeplus@gmail.com o visiten la web www.afeplus.es