Las bonificaciones en el IBI para familias numerosas de Torrelodones suben un 10%
El próximo año las familias de Torrelodones verán reducidos sus impuestos gracias a la bajada del IBI aprobada en el Pleno. De esta forma, el tipo impositivo pasará del 0,49 al 0,45%, lo que supondrá un descenso, aproximado, de un 8,5%.
Así lo ha aprobado hoy el Pleno del Ayuntamiento, a propuesta del Grupo municipal del Partido Popular y que ha contado con veinte votos a favor (PP, Vox y Vecinos por Torrelodones) y uno en contra, el del PSOE.
La modificación de la ordenanza supondrá una bajada de impuestos para los vecinos del municipio, en especial para las familias numerosas; como lo anunció en rueda de prensa la alcaldesa, Almudena Negro, y la concejal de Hacienda, Concha Pastor.
La ordenanza del IBI en Torrelodones elimina el límite al valor catastral
El nuevo texto recoge un aumento de la bonificación en el IBI para estas familias para las que, además, se eliminan los límites en el valor catastral, que hasta ahora estaban en 328.000 euros. El propósito – ha explicado la concejal de Hacienda, Concha Pastor- es que todas las familias numerosas puedan acceder a estas bonificaciones.
En todos los casos, las bonificaciones suben un 10%. Así, en el caso de las familias numerosas de Categoría general (3 hijos), dependiendo del valor catastral de la vivienda, la bonificación pasará del 55 al 65%. Y para familias numerosas de categoría especial (más de 3 hijos), del 60 al 70%.
Compensación
Con esto, la finalidad del equipo de gobierno es que la bajada del IBI compense a todas las familias la subida en la tasa de basuras, aprobada en el Pleno del mes de febrero. Como se recordará, esta tasa de basuras viene impuesta por la ley 7/2022 de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
En el caso de la tasa de basuras y la bajada del IBI, la titular de Hacienda ha incidido en que la media entre lo que va a pagar el vecino ahora y en 2026 es de un 5% de subida; alrededor de 43 euros; que “no supone triplicar la tasa”. También esta media variará dependiendo de las personas que estén empadronadas en la vivienda.
Ordenanzas
De igual forma, el pleno ha aprobado con 20 votos a favor y una abstención (PSOE) la modificación de la Ordenanza fiscal de la tasa de expedición de documentos.
Y otras dos de relevancia para vecinos y personas que trabajen en Torrelodones. La primera de ellas es la Ordenanza y regulación de estacionamiento de vehículos en la vía pública. Así, se modificará la actual, que data del 19 de abril de 2016, para regular las condiciones favoreciendo a residentes y trabajadores del municipio.
La modificación contempla, además del mantenimiento de las 4 zonas de estacionamiento limitado existentes, para 180, 120, 60 y 30 minutos, una nueva área de estacionamiento que podrá ser utilizada por trabajadores y residentes por un máximo de 48 horas. Las vías públicas concretas y el tipo de zona para este estacionamiento limitado, así como las áreas especiales de estacionamiento, se establecerán mediante decreto de alcaldía.
Para garantizar el buen uso de la nueva zona, el Ayuntamiento expedirá una tarjeta por trabajador o residente siempre por un máximo de dos años. La medida ha sido aprobada con 13 votos a favor (PP y Vox), 7 en contra (Vecinos por Torrelodones) y 1 abstención (PSOE).
Terrazas
De igual forma, ha salido adelante y con idéntico resultado la modificación de la ordenanza del servicio de la instalación de terrazas en la vía pública y espacios de uso público, en vigor desde el año 2004. En este sentido, la propuesta, defendida por el concejal de Urbanismo, Antonio Iraizoz, ha tenido en cuenta el aumento en las demandas de las terrazas, especialmente a partir de la pandemia por Covid-19 que cambió los hábitos de uso ampliándolos más allá de los meses de buen tiempo.
Algunas de las modificaciones introducen la obligatoriedad de tener una póliza de seguro de responsabilidad civil e incendios de las terrazas (artículo 4), la necesidad de solicitarlas durante el último trimestre del año anterior (artículo 6) o la necesidad de que, una vez finalizado el horario de funcionamiento de las terrazas, en un plazo máximo de 15 minutos, el titular del establecimiento estará obligado a retirar del exterior todo mobiliario a excepción de las mesas (artículo 9).

