La actual ordenanza de terrazas de Collado Villalba data de 2006

La formación municipalista, a través su grupo municipal MCV Corazón Villalbino, ha propuesto una reforma de la ordenanza reguladora de la ocupación de terrenos de uso público con terrazas de temporada, vigente desde 2006.

“La intención es que sea revisada y actualizada para ajustarla a las necesidades de hosteleros, pero cuidando la estética de la ciudad y el interés de todos los villalbinos”, indicaba su portavoz, Cristina Toral.

“Las terrazas, además de tener un carácter comercial, contribuyen a crear una imagen de ciudad, son lugar de encuentro y elementos dinamizadores de la vida social. Al ocupar el espacio público, las terrazas deben ser compatibles con otros usos del mismo, de forma que no limiten la circulación de las personas ni las actividades de otros villalbinos, y se instalen con unas condiciones estéticas que no desmerezcan su entorno y su uso no moleste a los vecinos de las viviendas adyacentes”, señalaba Cristina Toral.

Revisión de la ordenanza de terrazas de Collado Villalba

La ordenanza reguladora de la ocupación de terrenos de uso público con terrazas de temporada entró en vigor en el año 2006 y, desde el MCV Corazón Villalbino, se estima que requiere revisión y actualización. Esta ordenanza es “tan restrictiva que se tienen que conceder autorizaciones especiales a los hosteleros para que puedan montar sus terrazas en contra de lo que dice la ordenanza municipal y siempre que las condiciones lo permitan”, destacaba la portavoz de la formación municipalista.

Ampliación de terrazas

Desde MCV Corazón Villalbino recuerdan que en mayo de 2020, ya presentaron propuestas
de medidas de complementarias de carácter excepcional para la ampliación de zonas de terrazas de bares y restaurantes y la venta al aire libre del pequeño comercio. Entre otras, solicitaron que se concediera autorización especial para la instalación de terrazas en las plazas de aparcamiento frente a la fachada del local.

“Un año después, de cara al verano de 2021, ha sido cuando se ha permitido conceder estas autorizaciones especiales al amparo de un Decreto de Alcaldía”, ha indicado la portavoz de MCV Corazón Villalbino.

Cristina Toral considera oportuno recoger esta posibilidad en el articulado de la ordenanza, “puesto que contribuiría a mejorar la economía del sector de la hostelería en nuestro municipio, ayudaría a dinamizar ciertas zonas del municipio, zonas de comerciales y de ocio, además de fomentar la creación de empleo más estable y de calidad en el municipio de Collado Villalba”.
“Estas medidas extraordinarias establecidas en el Decreto de Alcaldía se mantendrán vigentes hasta que se decrete su inaplicación; de manera que todas las autorizaciones que contaran con autorización anterior a ese Decreto volverían a las condiciones iniciales de dicha autorización, y las nuevas se deberán adaptar estrictamente a la Ordenanza municipal. Sería muy negativo para los hosteleros que, después de haber realizado una fuerte inversión para acondicionar sus terrazas conforme a lo establecido al Decreto y a la autorización especial, tengan que volver a las condiciones iniciales cuando se deje sin efecto el Decreto”.

MCV Corazón Villalbino

Cerramientos laterales

Por otro lado, también desde el GM MCV Corazón Villalbino han indicado otros artículos de la ordenanza que requieren revisión, como el 4.3, relativo a “Cerramientos laterales”. Este artículo establece: «No se permite ningún tipo de estructura, paramento o accesorio vertical de cierre del espacio concedido, salvo los constituyentes de los edificios.»

Sin embargo, desde mucho antes de la entrada en vigor del Decreto de medidas extraordinarias, existen terrazas legalmente autorizadas por el Ayuntamiento que están instaladas en la vía pública y que tienen prácticamente cerrado todo el espacio ocupado. “Concediendo este tipo de autorizaciones especiales, se podría estar generando cierta discriminación entre los hosteleros, por lo que sería mejor adaptar la ordenanza para que establezca en qué casos se podría permitir y en qué casos no”, indicaba Cristina Toral.

Publicidad

Respecto a la publicidad en el mobiliario utilizado, el artículo 4.5 y el artículo 4.6 de la Ordenanza prohíben la utilización de toldos, sombrillas, mesas y sillas que contengan publicidad.
“Hay que tener en cuenta que la fuerte inversión que deben hacer los hosteleros para acondicionar sus terrazas les obliga a recurrir a sus proveedores para que les dote de mobiliario financiándolo a través de rappels por volumen de compras o firmando contratos de exclusividad, garantizándose un suministro mínimo de materias primas durante la vida del contrato. Estos proveedores son los más interesados en ofrecer un mobiliario que cuide la estética del local y de la zona donde está ubicado, y por ello, la publicidad que introducen no suele alterar de forma significativa la estética, en general”.

Sin embargo, la Ordenanza no permite el contenido de ningún tipo de publicidad. A este respecto, desde el GM MCV Corazón Villalbino entienden que “las calles de Villalba no deben ser un portal publicitario para las marcas; pero sí es cierto que, si no fuera por las aportaciones de sus proveedores, los hosteleros se verían obligados a realizar una gran inversión en mobiliario y que, además, en muchas ocasiones, no podrían mantener el mobiliario en perfectas condiciones por su alto coste de mantenimiento producido por el deterioro del mobiliario al estar en el exterior”. Por ello, proponen también revisar este artículo y adecuar a las necesidades de los hosteleros, regulando la posibilidad de incluir publicidad de manera compatible con el cuidado de la estética del municipio.

Los toldos

MCV Corazón Villalbino también propone que la revisión de otro artículo de la ordenanza: el 4.5, referido a los toldos.
Desde el GM MCV Corazón Villalbino han observado que “en los últimos años, y con carácter previo al Decreto de medidas extraordinarias, algunos establecimientos han instalado, previa autorización por parte del Ayuntamiento, toldos verticales anclados al suelo ante la imposibilidad de poder fijarlos en el muro del edificio, debido a que la zona de concesión del espacio público está muy separada del edificio”. Por ello también proponen la revisión de este punto del artículo 4 de la Ordenanza de terrazas mencionada.
Esta moción se debatirá en el Pleno Ordinario de Collado Villalba de mañana 28 de octubre.